Plan de Vivienda: bye bye a la ayuda para pagar facturas!

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El Plan de Vivienda 2018-2021 que ha aprobado el Gobierno está acaparando la actualidad de los últimos días. Tras conocerse las medidas estrella del programa de ayudas públicas y las críticas que ha levantado el documento en el sector inmobiliario y la oposición, toca repasar las excepciones que contempla el texto, así como las ayudas que se han quedado fuera, aunque estaban previstas.

Entre las más destacadas está la desaparición de la ayuda de 200 euros destinada a los mayores para el pago de facturas que estaba prevista, que las personas que viven solas solo tienen garantizadas las subvenciones al alquiler si cobran menos de 806 euros al mes o que no se puede optar a las ayudas si casero e inquilino comparten parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad. Todo ello sin olvidar que las subvenciones a los menores de 35 años para comprar vivienda han sido restringidas a las zonas rurales.

Repasamos cada uno de estos ejemplos:

1. Desaparece la ayuda a mayores para pagar facturas

Una de las medidas que estaba contemplada en el Plan de Vivienda era una subvención de hasta 200 euros mensuales destinada a los mayores de 65 años que tuvieran problemas para pagar las facturas de suministros (luz, agua…) o incluso la comunidad de vecinos de su casa en propiedad. Hasta la aprobación definitiva, los requisitos que se exigían para acogerse a esta ayuda era que se tratara de la vivienda habitual del solicitante y que su patrimonio fuera inferior a 100.000 euros, según recuerda la agencia Europa Press.

Sin embargo, el texto final solo incluye una única subvención para los mayores: la ayuda para el alquiler, siempre que sus ingresos sean inferiores a tres veces el IPREM y que la renta no supere los 600 euros, aunque en algunas grandes ciudades el límite será de 900 euros.

2. Palo a los hogares unipersonales

Uno de los puntos más novedosos del documento es que las personas que viven solas tendrán complicado acceder a las ayudas para el alquiler. ¿El motivo? En su caso, la principal condición para poder beneficiarse de la subvención es que sus ingresos no superen en 1,5 veces el IPREM, lo que significa que deben ganar al mes un máximo de 806,7 euros. Al año, hablamos de 11.294,64 euros, tal y como recalca el portal Civio.

En el caso de que en la vivienda vivan más personas, el límite se amplía en 0,5 veces el IPREM (hablamos por tanto de 2 veces el IPREM en el caso de dos personas y de 2,5 veces en el caso de tres personas). Si se cumplen las condiciones anteriores, la subvención está garantizada, mientras que los que se encuentren entre esa franja y las tres veces el IPREM que establece la condición general para acceder a las ayudas no tienen garantizada la misma: solo la cobrarán si sobra dinero del presupuesto consignado a este fin, y bajo un orden de prioridad.

3. No se puede optar a la ayuda al alquiler si hay parentesco

En el texto del Plan de Vivienda hay una excepción en las ayudas al alquiler. Y es que, aunque se cumplan los requisitos, los inquilinos no podrán beneficiarse de ellas si su casero es un familiar en primer o segundo grado de consanguinidad. Así, como resume el diario El Confidencial, esto deja fuera a quienes piensen en alquilar un piso a sus padres, abuelos, hermanos, yernos, nueras o cuñados.

4. Las ayudas a la compra, solo para zonas rurales

A pesar de que el borrador del Plan de Vivienda que presentó el Ministerio de Fomento hace casi un año contemplaba una ayuda directa a la compra de vivienda por parte de los jóvenes, lo cierto es que el texto definitivo ha limitado esta subvención: podrán optar a ella los mejores de 35 años que adquieran una casa de hasta 100.000 euros en aquellos municipios que tengan un máximo de 5.000 habitantes. Es decir, su aplicación se ha acotado a las zonas rurales.

Si se cumplen dichos requisitos, y no se tiene otra vivienda en propiedad en España, se opta a una ayuda del 20%, con un límite de 10.800 euros.

Articulo citado: Idealista

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