Renta 2019- lo que necesitas saber
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La campaña de la Renta 2019 empezó el pasado 1 de abril y se prolongará hasta el jueves 30 de junio.
Gracias a ED economía digital, recopilamos las novedades que vienen con la campaña de este año.
Año tras año , los contribuyentes que tengan obligación de presentar su declaración podrán hacerlo por vías telemáticas o de forma presencial en la Agencia Tributaria solicitando cita previa.
Fechas de la Renta 2019
Durante todo el periodo que dura esta campaña se puede solicitar y presentar por Internet el borrador de la declaración de la Renta 2019. Quienes quieran o necesiten presentarla de forma presencia en las oficinas de la Agencia Tributaria pueden solicitar ya cita previa (desde el pasado día 5 de mayo).
En el caso de solicitar el pago fraccionado de una declaración con resultado a pagar, el primer pago se realizará en el momento de la presentación, y el segundo pago deberá realizarse antes del 5 de noviembre como fecha límite.
Novedades en las cuantías de la Renta 2019
La campaña de la declaración de la Renta 2019 no tiene muchas novedades con respecto a la campaña anterior, pero hay que tener en cuenta, por ejemplo, los cambios en el umbral para realizar la Declaración:
¿Quiénes están exentos? Están exentos de realizar la declaración aquellos contribuyentes con rentas procedentes de rendimientos del trabajo de un solo pagador que sean iguales o inferiores a 22.000 euros.
Si a lo largo del ejercicio 2019 se han tenido dos o más pagadores el umbral es el mismo siempre que los ingresos del segundo pagador y posteriores no superen los 1.500 euros o si las rentas provienen de prestaciones pasivas de dos o más pagadores cuyas retenciones ya han sido fijadas por la Agencia Tributaria.
Como novedad este año, en caso de no cumplirse estas condiciones y haber percibido rendimientos del trabajo de dos o más pagadores, los contribuyentes estarán obligados a presentar la declaración cuando los rendimientos del trabajo sean superiores a 14.000 Euros.
Reducción por rendimientos del trabajo: Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 13.115 euros tienen este año una cuantía de reducción de 5.565 euros. En la franja entre 13.115 y 16.825 euros cabe la posibilidad de reducirse 5.565 euros menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre los rendimientos del trabajo y 13.115 euros.
Loterías y apuestas: Otra de las novedades de este año se refiere a los gravámenes que afectan a los premios de loterías y apuestas. El dinero de dichos premios estará exento hasta un máximo de 20.000 euros.
Novedades de procedimientos en la Renta 2019
La Renta 2019 viene con novedades que están relacionadas con el procedimiento, es decir, en la manera en que se formaliza su gestión en la declaración, y afecta a:
- Declaración de inmuebles. Este año existe un apartado que recogerá toda la información relacionada con inmuebles y el uso que se les ha dado. En caso de haber alquilado o vendido un inmueble es aquí donde deberá indicarse.
- Declaración del domicilio fiscal. La Agencia Tributaria ha simplificado el proceso de identificación del domicilio fiscal de sus contribuyentes en un procedimiento separado a la declaración. A través de este apartado se puede actualizar el domicilio fiscal, en caso de que sea necesario.
Este año no hay cambios en los instrumentos de ahorro como los planes de pensiones, PIAS o SIALP. Conviene, en todo caso, tener en cuenta sus ventajas fiscales y recordar cómo declarar el plan de pensiones.
Fuente: economía digital